Reglamentan la Ley de Equidad de Género en medios

A un año de su sanción, la normativa fue publicada en el Boletín Oficial y comenzará a aplicarse en un plazo de 90 días.

El Gobierno Nacional reglamentó la Ley de Equidad de Género en servicios de comunicación, con el objetivo de romper las “estructuras machistas” de los medios públicos y privados, y así terminar con el periodismo “sesgadamente masculino”. 

La Ley 27.635, que ya corre en el Boletín Oficial, promueve la equidad en representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual en los servicios de comunicación. En este tema, cabe resaltar que la ley pone en obligación que los medios gestionados por el estado deben brindar cupo laboral de al menos 1 por ciento para personas travestis, transexuales, transgéneros e intersex.

En tanto a los servicios de comunicación de gestión privada, la aplicación de la normativa responderá a un régimen de promoción. Los que obtengan el certificado de equidad en la representación de los géneros tendrán preferencia para la asignación de publicidad oficial del sector público nacional.

Además, la reglamentación crea una Unidad de Coordinación Interjurisdiccional que tiene como objetivo el garantizar que la ley se cumpla. Este organismo estará a cargo de representantes del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, más del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) y de la Secretaría de Medios y Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete.

Mientras tanto, la Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, que deberá crear y poner en funcionamiento el Registro de Servicios de Comunicación operados por Prestadores de Gestión Privada en el transcurso de los próximos 90 días.

“Es una ley pionera”, destacó la vocera presidencial, Gabriela Cerruti, y explicó que la normativa tiene como finalidad la igualdad “real” de derechos y oportunidades en los medios de comunicación. 

LR-MEM
9-6-2023

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