Ley contra la Trata de Personas: organizaciones sociales reclaman cambios

Varias voces de ONG consultadas por AUNO-Tercer Sector opinaron que la norma que aprobó esta semana el Congreso debe modificarse. Argumentan que algunos de sus puntos revictimizan a los afectados y hasta benefician a los proxenetas.

Rosario recorre junto a los policías todo el local que hace las veces de boliche de barrio, pero que es en verdad una casa de burlesque, un ruinoso prostibulario sustentado por una red de traficantes de personas que secuestran mujeres adolescentes y las obligan a prestar servicios sexuales a sus clientes. Busca a su hija desaparecida, pero aunque está sobre su huella, y no la encuentra. Escenas de esta historia pueden verse todos los días en el prime time de uno de los canales de aire porteños, pero también en muchos escenarios reales de los más importantes centros urbanos del país y sus suburbios.

Con el propósito de enfrentar esta realidad varias organizaciones sociales bregaron por la sanción de una ley en defensa de las víctimas del tráfico. Finalmente, esta semana, el Congreso refrendó, por 157 votos a favor, 35 en contras y 6 abstenciones, una norma que adjudica penas de entre 3 y 15 años de prisión a quienes incurran en el delito federal de la trata de personas. El texto habría sido supervisado directamente por el ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Aníbal Fernández.

Si bien las OSC celebran la instalación del tema dentro de la agenda pública, varias voces aseguran que esta ley, así como fue aprobada, tiene puntos oscuros que “benefician” a los proxenetas, ya que les habilita una vía argumentativa para basar sus excusas tras invertir la responsabilidad de probar el delito a las propias víctimas. “Se revictimiza a la persona explotada invirtiendo la carga de la prueba”, arguye una carta abierta enviada a los legisladores nacionales por Martha Pelloni, Marta Bianchi, Dora Barrancos, Virginia Franganillo, Elena Tchalidy, Clelia Iscaro, María Inés Barasesco, Marcela Durrieu, Diana Dowek, Graciela Tejero Coni y Ana Suppa, entre otras militantes del movimiento social de mujeres y de las organizaciones que reúnen a las víctimas.

Es que, según lo establece la normativa, las víctimas mayores de 18 años las menores están exentas de esta disposición deben probar que fueron raptadas y utilizadas bajo amenaza con fines de explotación sexual o laboral sin su consentimiento. Según explicó a AUNO-Tercer Sector la coordinadora del Programa Esclavitud Cero de la Fundación El Otro, Mercedes Assorati, así “sólo hay trata si hay violencia o amenaza y la víctima tiene que probar que ha sido violentada”, lo que calificó como “un absurdo”.

Tanto las mujeres firmantes de la misiva a los congresistas como la OSC insistieron en la importancia de reabrir el debate ya que “la condena en estos casos depende de la declaración de la persona esclavizada; por lo tanto, es un absurdo obligarla a demostrar su papel de víctima. Si hay una situación objetiva de violación de la libertad ya se puede hablar de un delito”, aseguró Assorati. El protocolo de Palermo firmado en 2003 define por trata la captación y reclutamiento de personas con fines de explotación de cualquier tipo (sexual, laboral o para tráfico de órganos) y ésta se confirma si existe violencia, engaño o amenazas. Así, el consentimiento de las víctimas no quita la responsabilidad penal.

Desde el oficialismo afirman que esta preocupación del sector social es incorrecta: “El consentimiento de la víctima no es tenido en cuenta en ningún caso, ni para mayores ni para menores, si mediare engaño, fuerza o amenaza, o cualquier otro medio de intimidación”, explicó la diputada Nora César, presidenta de la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados. “El ilícito penal (delito) es materia de investigación por parte del juez de instrucción y del fiscal, que deberá recabar pruebas entre las que se encuentra el testimonio de la víctima”, expresó la funcionaria en su explicación de por qué no recaerá en las víctimas la responsabilidad la prueba.

Sin embargo, en clara asintonía con César, la diputada que defendió el proyecto en la Cámara baja, Vilma Ibarra, justificó la salvedad que ampara la medida, en el caso de anuencia de las personas mayores de edad, al referir que “existe la posibilidad para una adulta de consentir la prostitución”.

Por otra parte, la norma es criticada por el tema de la necesidad de reinserción de las chicas una vez que recuperan su libertad. “Si bien asegura la asistencia una vez que la persona escapa, la ley sólo habla de su retorno a la vida social, lo que es algo así como sacarse el ‘paquete’ de encima y volverla a su lugar de origen, precisamente donde fue secuestrada y funciona la red”, planteó Assorati.

Lo que sugieren las investigaciones internacionales es, al menos, la evaluación previa de la zona en búsqueda de resabios de la organización de tráfico y hasta la reubicación de la víctima, como en los programas de protección a testigos.

“Hay muchas chicas que son resecuestradas cuando vuelven a sus casas, y estamos hablando de una violación a los derechos humanos, por lo tanto el Estado debe asegurar que no se repita”, instó la coordinadora. La razón que alimenta la subsistencia de estas redes de tráfico no es otra que el rédito económico: La trata es en la actualidad “uno de los comercios ilegales que, conjuntamente con la droga y el tráfico de armas, generan más volumen de dinero”, según explicó a la agencia Télam Esteban De Gori, el investigador de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA que coordina el primer Congreso Latinoamericano sobre Trata y Tráfico de Personas que se realizará en Buenos Aires en junio.

Otra de las críticas tiene que ver con el castigo. Assorati, por ejemplo, emparenta este delito en su cometido con fines sexuales al de una violación. Así, sostiene, que si se entiende como una suerte de “violación reiterada”, un proxeneta acusado de traficar con una mujer adulta podría reconocer que abusó de la joven y obtendría una condena menor hasta excarcelable, es decir, que la ley terminaría beneficiándolo.

Debido a que no estaba tipificado en el Código Penal, Argentina carece de estadísticas e incluso estimaciones oficiales sobre el fenómeno. No obstante, la Fundación El Otro maneja una cifra que en verdad “contempla sólo datos urbanos, a partir de los casos en los que intervinieron algunas OSC y agencias internacionales y todos son de 2006: hay medio millón de víctimas de la trata en Argentina; un 60 por ciento son destinadas a la explotación sexual y el restante, para trabajar”, detalló Assorati.

Con esta ley, entrará en funcionamiento el Programa Nacional de Prevención y Erradicación de la Trata de Personas y de Asistencia a sus Víctimas, que fue creado por decreto durante la presidencia de Néstor Kirchner.

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