Así se modificó la Ley de Medios

*Por Gabriel Santana*

Lomas de Zamora, octubre 18 (AUNO).- El presidente Mauricio Macri dictó a finales de 2015 el decreto 267 que modificó 23 artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Entre ellos los cuatro sobre las cláusulas de desinversión que habían sido judicializados y finalmente declarados constitucionales por la Suprema Corte de Justicia. También se disolvieron la AFSCA y la AFTIC, los cuales fueron reemplazados por el Enacom.

Sin embargo, el artículo 77 continuó vigente y todos los años el Consejo Federal de Comunicaciones (Cofeco), creado el año en agosto de 2016 bajo la órbita del Ministerio de Comunicaciones, debe elaborar una lista de eventos de interés relevante a comienzo de cada año. Algo que no sucedió este año ni el anterior. Además, el Cofeco depende de Modernización desde julio, cuando Comunicaciones fue disuelto y sus competencias fueron trasferidas a la cartera que encabeza Andrés Ibarra.

El abogado de Pares Tv, canal en litigio con TyC Sports y el Estado, Mariano Suárez, aseguró que el organismo con su anterior nomenclatura “funcionó bien hasta diciembre de 2015” y consideró que “el Estado deliberadamente decide no actuar para implícitamente favorecer ciertos intereses económicos”.

Cuando asumió el gobierno de Macri se le cambió el nombre. Cambió la forma de composición y “deliberadamente no se habían designado los representantes del organismo” por lo que no estuvo funcionando por mucho tiempo. Desde hace poco está en marcha pero todavía no ha registrado ninguna actividad en esta materia, manifestó Suárez.

En este contexto, ¿qué sucede con la Primera División? Por el momento Fox y Turner, las dueñas de los derechos de la Superliga, no tuvieron problemas similares con las transmisiones de los partidos. Pero Suárez aseguró que podrían tener inconvenientes en el futuro:

-¿Qué la Justicia falle a favor de Pares sería un problema para Fox y Turner?
-De un resultado favorable quedaría consolidado el principio de que no se puede ceder los derechos en bloque, sino que corresponde alguna clase de restricción. Los derechos de la Primera División están cedidos en los mismos términos que en el contrato de la B Nacional, así que también serían susceptibles de alguna restricción.
-¿El Gobierno no tuvo en cuenta el artículo 77 o lo subestimó?
-Sabían que riesgo implicaba el artículo 77. De hecho cuando se empezó a discutir la reprivatización de los derechos del futbol, las empresas pidieron que se derogara.
Solamente eligieron una estrategia que, presumo, ellos piensan que pagan un menor costo político, que es no derogarla formalmente pero vaciarla de contenido en la práctica.
-¿El amparo presentado lo puede replicar alguna señal por los partidos de Primera?
-Sí. El artículo habilita acciones judiciales como la de Pares, pero tengo entendido que es la única señal que acudió a la Justicia. Lo que si hay son algunas acciones de usuarios que antes veían el futbol gratis y ahora no.

GAS-AFD
AUNO-18-10-17

Dejar una respuesta