Ley Bases y Paquete fiscal: las claves de los proyectos que aprobó el Senado

La Cámara Alta dio luz verde a las reformas que impulsa el Gobierno de Javier Milei. Ahora, los Diputados tendrán que decidir si aprueban las normas o si insisten con la versión original.

Tras una sesión maratónica, el Senado de la Nación aprobó los proyectos de reformas denominados “ley Bases” y “paquete fiscal”, impulsados por el Gobierno de Javier Milei, por lo que ambos textos volverán a la Cámara de Diputados para ser analizados debido a sus modificaciones.

La vicepresidenta de la Nación y titular del Senado, Victoria Villarruel, definió a favor de la aprobación del proyecto “Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”, luego de que la votación general haya resultado en un empate técnico de 36 votos afirmativos y 36 negativos. 

En tanto, el “Paquete fiscal, medidas paliativas y relevantes”, cosechó 37 a favor sumados los de La Libertad Avanza (LLA), la gran mayoría de la Unión Cívica Radical (UCR), el PRO y otros bloques minoritarios, mientras que Unión Ciudadana, Frente Nacional y Popular, y Alianza por Santa Cruz juntos alcanzaron 35 votos en contra. 

Al inicio de la sesión, 20 minutos pasada las 10 de la mañana, el senador por San Luis de LLA, Bartolomé Abdala, leyó el texto final que, tras las negociaciones del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, con los gobernadores y bloques “dialoguistas”, sufrió diversos cambios y durante el debate se introdujeron nuevas modificaciones.

Entre ellos, el oficialismo incorporó -como parte de los acuerdos para obtener los votos- la prohibición de disolver los organismos vinculados a la cultura en el apartado de las delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo por el lapso de un año. 

Es decir, el Senado aprobó la delegación de facultades al Presidente para eliminar, modificar, reorganizar y transformar la estructura de “los órganos u organismos de la administración central o de descentralizada contemplados en el inciso a) del artículo 8 de la Ley 24.156” de Administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional, con excepción de Universidades nacionales, órganos u organismos del Poder Judicial y Poder Legislativo, el Ministerio Públicos y toso los entes que de ellos dependen.

Asimismo, el Poder Ejecutivo no podrá disponer la disolución de: el Consejo Nación de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET); la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán” (ANLIS); la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); el Instituto de la Propiedad Industrial (INPI); el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA); Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM); la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN); la Comisión Nacional de Actividades Especiales (CONAE); la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA); la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU); la Comisión Nacional de Valores (CNV); el instituto Nacional Centro Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI); la Unidad de Información Financiera (UIF); y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).

Por otra parte, el oficialismo desistió -por ahora- de su intención de privatizar Aerolíneas Argentinas, Correo Argentino y Radio y Televisión Argentina (RTA), pero quedaron en la lista Energía Argentina S.A. e Intercargo SAU, mientras que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA); Belgrano Cargas y Logística S.A.; Sociedad Operadora Ferroviaria S.E. (SOFSE); y Corredores Viales S.A. están sujetos a privatización y/o concesión.

Respecto a las jubilaciones, LLA dejó afuera el artículo 226 que contemplaba la derogación de la Ley 27.705, lo que implicaba terminar con el Plan de Pago de Deuda Previsional -conocido como moratoria previsional-, para reemplazarlo por una Prestación de Retiro Proporcional “para aquellas personas que hubieran alcanzado los sesenta y cinco (65) años de edad y que no cumplan con el requisito previsto en el artículo 19 Inciso c) de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones”.

Es decir, continúa vigente el Plan el Pago de Deuda Previsional que permite a las mujeres de 50 años u hombres de 65 que no alcanzaron los 30 años de aportes poder abonar sus deudas con un máximo de 120 cuotas y así acceder a su derecho de jubilación.

El Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI), el cual otorgaba beneficios impositivos a aquellos capitales nacionales y extranjeros con inversiones en el país de 200 millones de dólares, quedó restringido a sectores particulares como el forestoindutrial, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderúrgica, energía, petróleo y gas, y establecieron compromisos de inversión minima para los proveedores locales, con modificaciones tanto en la liquidación de divisas por exportaciones como en la aprobación de proyectos.

Respecto al paquete fiscal, los senadores rechazaron la restitución del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, por lo que los trabajadores solteros con ingresos a partir de 1,8 millones de pesos y los casados con al menos dos hijos y sueldos mínimos de 2,2 millones de pesos no volverán a pagar dicho tributo.

También resultó rechazado el título III que establecía modificaciones en el régimen de Bienes Personal, al elevar a 100 millones de pesos el mínimo a partir del cual una persona era alcanzada por dicho impuesto, en tanto que el apartado sobre monotributo observó un cambio al ser eliminado el monotributo social.

Ahora, ambos textos pasarán a la Cámara de Baja, que podrá aceptar y votar a favor de los cambios introducidos por el Senado, por lo que ambos proyectos pasarán a ser Ley, o bien los Diputados podrán insistir con la propuesta original que votaron el pasado 30 de abril, para lo cual precisarán de la totalidad del cuerpo de legisladores.

Foto de portada: prensa del Senado de la Nación

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