Deudores alimenticios: dos padres fueron inscriptos en la Central de Deudores del BCRA por no pagar la cuota

Así lo dictaminó la Justicia bonaerense frente al incumplimiento de la cuota alimentaria. Los varones quedaron inscriptos en la máxima categoría de riesgo crediticio del BCRA.

Por primera vez un juez bonaerense dispuso que dos progenitores que no pagan la cuota alimentaria de sus hijos/as sean inscriptos en la Central de Deudores del Sistema Financiero, informe que realiza el Banco Central de la República Argentina (BCRA) sobre el estado crediticio de los últimos 24 meses de los “deudores del sistema financiero”. 

El juez de Paz de la localidad de Daireaux de la provincia de Buenos Aires, Javier Heredia, quien además cumple de magistrado en la localidad de General La Madrid, ordenó en septiembre que ambos progenitores, que contraían una deuda de 900 mil pesos, por un lado, y casi 94 mil pesos por el otro, queden inscriptos en la máxima categoría de riesgo crediticio del BCRA, y que además a uno de ellos se le remueva la licencia de conducir hasta que pague. 

En diálogo con AUNO, Heredia explicó que desde los juzgados en los que está a cargo resuelven “las cuestiones de las deudas alimentarias como violencia económica”, tanto hacia la mujer quien generalmente “siempre queda a cargo o en la mayoría de los casos queda a cargo de la crianza de los niños”, como hacia las infancias que “los coloca en una situación de riesgo, en una situación de necesidad, en una situación de necesidades insatisfechas todo el tiempo”.

En este sentido, detalló que “las medidas cautelares tradicionales no están siendo suficientes”, incluso el Código Civil y Comercial nuevo vigente no termina “alcanzando”, y es por ello que hace uso de lo que denomina “una especie de cheque en blanco”, que permite “innovar a los jueces, ser creativos y pensar en soluciones distintas para garantizar la eficacia de estas cuestiones, para que cese la violencia de alguna forma que no se repita y obviamente cumplirla”. 

Fotos de Twitter: @MissOprosto

En este sentido, el magistrado resolvió “bloquear el acceso al crédito, el acceso a una tarjeta de crédito, el acceso a una billetera virtual”, y expresó que la manera de poder hacerlo es por medio de la inscripción en el Banco Central en la categoría más alta de riesgo crediticio”, de manera tal que “no le puedan dar nada, absolutamente nada, sin que cumpla con la obligación alimentaria de manera previa”. 

“Lo que le termina sucediendo con este deudor reacio es que ahora tampoco él va a tener ingresos, él también va a pasar de alguna manera las mismas necesidades a las cuales está exponiendo a la mamá de los nenes y sobre todo a sus hijos, a sus propios hijos”, subrayó el juez. 

Además, expresó que “no es una cuestión de venganza”, sino que cuando la Justicia toma este tipo de medidas, como prohibirle que vaya a hacer una determinada actividad que salga del país, se genera “el efecto deseado, que es que paguen”.

Deudores alimenticios en números

Según el informe “Incumplimiento de la obligación alimentaria”, realizado por el Ministerio de Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual bonaerense, el 51 por ciento de las mujeres encuestadas expresó no recibir ningún tipo de aporte por parte del progenitor de sus hijos y/o hijas. 

Del 41,2 por ciento que indicó que el progenitor aporta dinero en concepto de obligación alimentaria, el 24,9 por ciento sostiene que realiza dicho aporte de manera regular, mientras que el 15,3 por ciento lo hace de manera irregular. 

Hablamos de un incumplimiento total, considerando a quienes no reciben nada y quienes reciben mucho menos de lo que deberían o el varón, el padre de los hijos, paga cuando quiere. Estamos hablando aproximadamente que ocurre en 7 de cada 10 casos cuando las parejas se separan”, sostuvo en diálogo con AUNO la abogada feminista y asesora del Ministerio de Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires, Sabrina Cartabia. 

El 7,9 por ciento de las mujeres encuestadas señaló que el progenitor cumple con sus obligaciones alimentarias a través de la cobertura de gastos y necesidades de manera directa, pero el monto resulta escaso o alcanza para cubrir algún gasto o necesidad particular de sus hijas o hijos.

A su vez, el 33 por ciento consideró que el aporte únicamente cubre alimentos, el 7 por ciento respondió que ese aporte monetario solo permite cubrir gastos escolares o de salud, y el 2 por ciento mencionó que alcanza solo para actividades extraescolares.

Al respecto, Cartabia explicó que el impago de los progenitores “no tiene que ver solamente con la imposibilidad de pagar, sino que tiene que ver con una matriz social y cultural que sigue indicando que las mujeres son las responsables del cuidado y, además, una tolerancia muy grande a la violencia económica por parte de la sociedad en su conjunto”. 

Además, sostuvo que el Poder Judicial, “que es el llamado a resolver este problema”, también muestra dicha tolerancia a la violencia económica, ya que “se parece más a un camino de obstáculos que al camino fácil, rápido, que debiera ser para restituir derechos justamente a niños, niñas y adolescentes”.

Para la investigación se encuestó a 6.442 mujeres de 135 municipios bonaerenses y se entrevistó a 52 personas, entre jueces y juezas, abogados y abogadas, defensores civiles en contacto con la problemática, referentes de organizaciones sociales, representantes de las Direcciones de Política de Género de siete municipios, representantes de servicios locales de Niñez y Adolescencia de cuatro municipios y diez mujeres que deben percibir obligación alimentaria por parte del progenitor no conviviente, así como también un adolescente y una psicóloga que trabaja con la temática.

Cartabía contó que UNICEF realizó hizo una investigación a nivel nacional y “le dio que también un 66 por ciento de los casos, cuando las parejas se separan, los varones no cumplen con el pago de la obligación alimentaria”. En ese sentido, subrayó: “No tiene que ver con la capacidad económica, porque también lo que vimos es que el incumplimiento, por ejemplo, en los deciles más altos de nuestra sociedad, o sea, las personas que reciben mejores salarios, es del 50 por ciento”.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación considera que el incumplimiento de la obligación alimentaria por parte de los progenitores “constituye una grave vulneración de los Derechos de niños/as, adolescentes y jóvenes de toda la Argentina”. 

A su vez, la cartera subraya que dicho incumplimiento “implica una forma de violencia económica y simbólica directa ejercida contra las madres, que son quienes, por abrumadora mayoría, se hacen cargo de las tareas de cuidado con mucha mayor carga horaria y de responsabilidades”. 

AUNO-27-10-23
FM-SAM

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