La familia de Elías Gal, un chico que fue atropellado y abandonado en febrero de 2007, criticó la decisión de la fiscalía que se encuentra a cargo de la causa, por exigir la resolución del caso a través de un mecanismo judicial en que las víctimas no tienen participación.
Hace un mes y medio que el Juzgado en lo Correccional 5, recibió el caso por la muerte de Elías, que fue atropellado mientras andaba en bicicleta con sus amigos en las inmediaciones del predio de la Asociación de Fútbol Argentino (AFA), de Ezeiza, el 12 de febrero de 2007.
El año pasado, la causa había recaído en el Juzgado 4, y cuando estaban a días de la fecha prevista para el juicio oral y público, la familia Gal recibió la noticia de que se quería aplicar el “juicio abreviado”.
Fue así que la titular de ese tribunal, María Fernanda Ferreyra, dio lugar a esa petición y se declaró “incompetente”, por lo que el expediente pasó al Juzgado 5 y cuyo trámite quedó en la UFI 11.
Sin embargo, esta Unidad Fiscal de Investigación volvió a plantear la resolución del caso con la modalidad del juicio abreviado, un procedimiento especial que consiste en resolver la pena a través de un pacto entre el fiscal, el juez y el acusado, sin que el “particular damnificado” tuviera participación.
Es decir que el fiscal Rubén Oscar Baca, ahora a cargo de la causa, pretende aplicar nuevamente esta modalidad de juicio con el aparente objetivo de “ahorrar costos para el Estado”, según confió a AUNO el abogado de la familia Gal, Pedro Esteban Bringa.
Esta situación fue comunicada a la familia el 27 de febrero, dos días después de que, junto con su abogado, intentaron en vano dialogar con los miembros del tribunal, por lo que recurrieron al fiscal Baca.
Al cabo de esa reunión, tanto Bringa como Graciela López, la mamá del joven, coincidieron en que Baca negó haber tenido acceso al expediente —cosa que les llamó la atención—, además de describir su trato para con ellos como “muy frío”: “Nos terminó faltando el respeto y nos ninguneó”, criticó el abogado.
Asimismo, López denunció que el fiscal “abusó” de la autoridad que le compete, ya que en ese encuentro habría “cuestionado” la decisión del tribunal anterior, que aceptó dar por sentada la nulidad del procedimiento especial que se estaba requiriendo en ese momento.
En respuesta a lo solicitado por la fiscalía, la familia Gal presentará un “recurso de revisión y apelación por incostitucionalidad” amparado por el Centro de Protección de los Derechos de la Víctima (CPV), un organismo que depende del Ministerio de Justicia provincial.
El referente del CPV, Alberto Palacios, adujo que la idea de recurrir a estos tratados es lograr que “se ponga a la víctima como verdadera protagonista, en un rol activo”, ya que aquello no ocurriría durante un juicio abreviado.
Así, si el nuevo tribunal accediera al pedido de la fiscalía, el acusado, Cristian Di Paula, evitaría exponerse a una condena mayor, ya que, en el peor de los casos, sólo debería cumplir con dos años y ocho meses de prisión, entre cinco y seis años de inhabilitación del registro de conducir, y pagar una multa por 46 pesos.
En ese caso, Di Paula estaría a cargo de un tutor, pero el abogado de la familia, estimó que eso “no va a pasar” y se justificó agregando que por estar de ese lado de la justicia “sabe cómo son las cosas”.
Por otra parte, esta causa que fue caratulada por la jueza anterior, como “homicidio culposo” —es decir que el hecho no habría sido intencional— mientras que la familia lo que plantea que es que hubo “dolo eventual”.
El argumento es que el acusado “se dio cuenta de la velocidad a la que iba y estaba alcoholizado” y eso consta en el procedimiento dado que fue admitido por Di Paula, pero “no lo tuvieron en cuenta”, según lo que sentenció Bringa.
De todas formas, Graciela admitió que “no importa la pena que le den, sino que se cumpla con el procedimiento que se debe, que haya un juicio oral y público como corresponde”.
CP-AMB-AFD
AUNO-12-03-09
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