Aprobaron una ley que suspende los desalojos en villas

Se trata de una modificación de la Ley de Acceso Justo al Hábitat. La Legislatura provincial sancionó la suspensión por un año de las medidas judiciales o administrativas que impliquen el desalojo de familias que vivan en asentamientos o villas inscriptos en el Registro Público.

Lomas de Zamora, diciembre 5 (AUNO).-La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires aprobó un proyecto que modifica la Ley de Acceso Justo al Hábitat y suspende, por el plazo de un año, las medidas judiciales o administrativas que implican el desalojo de las familias que habitan en asentamientos o villas inscriptas en el Registro Público creado la ley 14.449.

La senadora del Frente de la Victoria (FpV) Mónica Macha, autora del proyecto, manifestó que esta ley es “un paso más en la búsqueda de generar protocolos y procedimientos que no sean violentos al momento de realizar un desalojo” y agregó que con esta normativa se logró “una articulación entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo”.

La senadora afirmó que este proyecto “viene a garantizar el derecho a la vivienda y a crear un marco legal, una protección posible, para las familias más vulneradas”.

A su vez, criticó que para la Gobernadora María Eugenia Vidal el derecho a la vivienda de los sectores populares no es una prioridad ni una preocupación seria” y que los profundos problemas habitaciones de la Provincia “no encuentran una respuesta efectiva” por parte de la mandataria.

Macha aseguró que “el Estado neoliberal defiende los intereses de los sectores concentrados y deja a la intemperie a las grandes mayorías populares”.

Una ley para el hábitat

El artículo 70 de la ley 14.449 de Acceso Justo al Hábitat ya establecía la posibilidad de que la Legislatura Provincial, por requerimiento de la autoridad de aplicación, suspendiera las medidas judiciales o administrativas que implicaran el desalojo de familias que habiten en villas o asentamientos precarios cuando integraran el Registro creado por el artículo 28º de la ley.

El texto aprobado por Diputados prevé una excepción para aquellos desalojos que se fundamenten en un peligro para la seguridad e integridad física de las habitantes, por factores socio-sanitarios, ambientales o por riesgo de derrumbe.

“En estos casos, se deberá proceder a la relocalización de las familias, promoviéndose una solución habitacional definitiva para las personas y familias afectadas”, precisó la senadora.

AUNO-6-12-16
CM-SAM

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