Presentan un proyecto de ley para los refugiados

De sancionarse, la ley cubriría un vacío legal y brindaría mayor protección a todos los que soliciten refugio. Sería tratada después de las elecciones legislativas de octubre.

Por Esteban Vera

(AUNO-Tercer Sector*)Los refugiados conforman un tipo de migración forzada y son,según define la Organización de las Naciones Unidas (ONU), “aquellas personas que huyen de su país debido al temor de ser perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas”. A pesar, de que la Argentina ha adherido al Estatuto de los Refugiados de las Naciones Unidas y a la Declaración de Cartagena, un proyecto de ley que apunta a brindar mayor protección a todos aquellos que soliciten refugio fue presentado en el Congreso para dar marco legal a esta figura.

“Los refugiados están desprotegidos, el tema no tiene un encuadre legislativo claro en la actualidad. Esta problemática es una deuda que la sociedad argentina mantiene con los ellos”, apunta la autora del proyecto María Elena Barbagelata, en diálogo con Auno-Tercer Sector. La iniciativa fue presentada en la Comisión de Población y Desarrollo Humano de la Cámara Baja que la diputada preside y espera un dictámen de la comisión, que difícilmente sea antes de las elecciones de octubre.
“Algunos países tratan de limitar la Convención de Ginebra de 1951, “#8220;critica Barbagelata- por considerarla demasiado favorables a los refugiados; se programan campos de refugiados fuera de las fronteras de los países centrales, quienes por su historia y sus condiciones de bienestar debieran ser los primeros en acudir a los exiliados. En vez de proteger a los desamparados, parecieran protegerse de ellos”.
El proyecto define bajo qué circunstancias se entiende que una persona es refugiada: “El ingreso al país en forma irregular de una persona que invoque la condición de refugiado se considerará una conducta dictada por la necesidad de solicitar y obtener protección, por tanto, esta situación nunca será motivo de rechazo en la frontera, ni impedimento para la presentación de la solicitud de refugio o motivo para la imposición de sanciones administrativas o judiciales”, dice uno de sus artículos.
Según la propuesta, el marco administrativo estará a cargo de la Comisión Nacional del Refugiado, organismo que dependerá de la Secretaria de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y que estará conformada por funcionarios oficiales, un representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y por representantes de ONGs.
También señala en otro artículo los casos de expulsión. “Se procederá a la expulsión del refugiado cuando razones fundadas en la seguridad nacional o el mantenimiento del orden publico así lo justifiquen”, señala el texto. De regir esta ley, desprende que los ex integrantes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), que recibieron la condición de refugiados hace pocas semanas, no podrían conseguir asilo en el país. El artículo ocho de la iniciativa, que consta de 41, establece que “quien ha cometido un delito contra la paz, un delito de guerra o un delito contra la humanidad” no podrá recibir el estatus de refugiado. Sin embargo, entre los argumentos para que la ley se sancione se hace expresa mención de “ la gravedad de los desplazamientos forzados en la región latinoamericana”.
La iniciativa revaloriza el aporte que han hecho a la organización nacional la llegada desde Europa de miles de exiliados. “Estos exilios engrandecieron a nuestro país con presencias en el campo de la educación, el arte, la política y la ciencia. Así llegaron a nuestra tierra los padres de Alicia Moreau de Justo y de José Ingenieros, y tantos otros”, fundamenta el proyecto. Además, agrega que “la riqueza cultural y social de la Argentina proviene, precisamente, de este encuentro de pueblos de distintas lenguas, religiones y costumbres, que se amalgamaron en nuestro suelo, conservando y transformando sus bagajes culturales”.
De acuerdo a las cifras del Centro de Elegibilidad para los Refugiados (Cepare), organismo dependiente del Ministerio del Interior, en números redondos, más de 9.200 personas, provenientes de más de 40 países, pidieron refugio desde 1985. Pero sólo un 25 por ciento recibió asilo, mientras casi un 50 por ciento las pedidos fueron rechazados.
Durante 2004, 52 ciudadanos peruanos recibieron refugio en la Argentina, otros 37, en 2003 y 45, en 2002. La cantidad de ciudadanos de Perú que solicitaron refugio pero no lo consiguieron es de 329, 521, y 246 en los mismos años. También, 15 ciudadanos
colombianos recibieron la condición de refugiados en el 2004.
“En la actualidad, el Poder Ejecutivo maneja la situación de los refugiados a través del Cepare sin un marco legal, a lo que se agrega una demora de 20 años en sancionar una nueva ley de migraciones”, recordó la legisladora.

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Cómo contactarse:
Diputada María Elena Barbagelata
Teléfono: 6310-7100, internos 2846/2946
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*Revista Tercer Sector

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