“Un fallo histórico” que da derecho al aborto no punible

Tres representantes de organizaciones que luchan contra la violencia de género en la zona sur calificaron de “histórica” la sentencia de la Corte Suprema que evita la judicialización de la interrupción de las gestaciones producto de una violación. La medida pone freno a las interpretaciones forzadas del Código Penal de los jueces y las objeciones de consciencia de los médicos.

Lomas de Zamora, marzo 13 (AUNO).- “Es un fallo histórico”, calificó Nina Brugo, representante de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, a la sentencia de la Corte Suprema que pone un freno definitivo a la judicialización de los abortos por violación. “Se terminó con la controversia que existe desde 1921 en torno a que toda mujer violada puede intervenir su embarazo”, aseguró la mujer que, junto con varios representantes de organizaciones de género, aplaudió el fallo que pone fin a las interpretaciones forzadas del Código Penal.

De aquí en adelante, el inciso 2 del artículo 86 del Código Penal, que legaliza el aborto “si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”, ya no se ajustará a la interpretación de los jueces, sino que “cada mujer que haya sido abusada, con su declaración jurada podrá abortar”, explicó Brugo.

“Este fallo –-añadió— resguarda a las mujeres de la objeción de consciencia (de jueces y profesionales de la salud) y no obliga al médico a realizar la intervención, pero sí al sistema de salud a posibilitarla.”

Por su parte, Norma Aguirre, integrante de la Escuela de Promotoras Sociales con Perspectiva de Género “Sureñas”, definió al fallo del máximo tribunal como “el primer paso importante para la lucha de las mujeres” y opinó que ayudará a evitar “casos como el de Romina Tejerina”, la joven jujeña que mató a su hijo producto de una violación, y que actualmente está privada de la libertad.

Norma contó las historias de dos jóvenes violadas en Guernica, una “por su padrastro” y otra “por su primo”, que justifican la relevancia de la sentencia de la Corte. El pedido de aborto de la primera “fue rechazado por el juzgado de La Plata e inmediatamente la Iglesia Católica de Rafael Calzada pidió asistir al bebé cuando naciera”, y en el caso de la segunda víctima “el juez hizo una objeción de consciencia y la Iglesia se enteró antes que la familia de la negativa”.

Por ello, Norma resaltó que “si el fallo se pronuncia bien, se evitará la conexión entre la Justicia, que es laica, y la Iglesia” y explicó que “si la aprobación no espera la sentencia de un juez, se evita el avance de la gestación”.

Asimismo, María Susana Devoto, titular de la Fundación Propuesta -–un espacio para la mujer ante la discriminación y la violencia-– consideró al fallo “importante” y calificó como un “disparate” la judicialización de abortos por violación, porque “el Código (Penal) es claro”. La mujer expresó que, desde la organización que preside, están “de acuerdo con la despenalización porque es una cuestión de derechos, ya que las mujeres de clase media no mueren por abortos”.

En su criterio, este fallo sirve para que “los médicos y la justicia se pongan las pilas”. “Es una cuestión de hipocresía, porque mucha gente que se opone al aborto se practicó uno”, opinó y concluyó que ahora “el hospital deberá proveer las condiciones para realizar la práctica a pesar de que un médico se oponga”.

LMVR-AFD
AUNO-13-03-12

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