Empresas de telecomunicaciones en Argentina registran “poca o nula” transparencia en el tratamiento de datos personales a personas usuarias “para el ejercicio de sus derechos”, señala la tercera edición del informe ¿Quién defiende tus datos? elaborado por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC).
La investigación da cuenta de que la protección de los datos personales y privacidad de la ciudadanía «es desafiada constantemente”, y advierte que las empresas de telecomunicaciones, que entre otros servicios proveen internet, «tienen acceso a una amplia cantidad de información de las personas usuarias”.
El reporte señala que algunas empresas «han impulsado mejoras» en materia de protección de datos personales, en comparación con lo relevado en 2019, pero que otros aspectos «no han sido modificados».
La experta en Reglamento General de Protección de Datos, Violeta Paulero, aseguró que existe “una gran disociación entre lo que hace una empresa que sube los estándares de su política de privacidad y, por otro lado, es la principal denunciada por incumplir las leyes vigentes”.
En este sentido, Movistar presentó el “mejor resultado” entre los criterios de evaluación presentados en el informe realizado por la ADC pero “ tiene mil denuncias por llamadas al registro no llame”, indicó Paulero. Es responsabilidad de las empresas -en caso de tercerizar servicios de comercialización y marketing- efectivizar el cumplimiento de las leyes y normas vigentes en protección de datos personales.
En este marco, Paulero expresó que “la empresa tiene que ser coherente con sus políticas” ya que es “incongruente” que cumpla con las políticas de transparencia en tratamiento de datos personales, pero no al vender sus productos.
Por otra parte, la asistente de proyecto de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Victoria Penas, afirmó que “las empresas dan un detalle muy extenso de la finalidades para lo que utilizan sus datos y, a veces, es una información muy genérica” y resaltó que es importante que “hoy en día las personas sepan para qué se les piden sus datos”.
El líder de proyectos de ADC, Eduardo Ferreyra, añadió que el eje del estudio se basó en “lo que las empresas muestran en sus sitios web institucionales” y remarcó que “sería bueno escalar este estudio para saber si estos compromisos están siendo cumplidos”.
Los resultados del informe fueron presentados el 14 de marzo en una conferencia de prensa que se llevó a cabo en las oficinas de la organización y que contó con la participación de investigadores, investigadoras y prensa.
¿Qué establece la actual Ley de Protección de Datos Personales?
La actual ley, que tiene como objetivo garantizar “el derecho al honor y a la intimidad de las personas”, establece “la protección integral de los datos personales” ya sean de carácter público o privado.
La confirmación jurídica de dicho marco legal está incluído en el artículo 43 de la Constitución Nacional que menciona que “toda persona podrá interponer acción para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos o privados”.
En otros países en donde la democracia no está tan asentada, “las compañías de telecomunicaciones son las primeras en dar la información a la Policía sobre qué líneas telefónicas estaban con una manifestación en contra del gobierno”, explicó Paulero.
¿Los usuarios son notificados de las cesiones de datos que realizan las empresas? Según la especialista, “hoy por hoy no está tan claro en la Ley la proactividad en la notificación de dichas concesiones”.
El informe
Es resultado de una investigación que la ADC lleva a cabo cada dos años, con el apoyo de la Electronic Frontier Foundation (EFF) e inspirado en una iniciativa replicada en países de la región.
El reporte evalúa el desempeño de siete empresas -Personal, Telecentro, Movistar, Arlink, Directv, Iplan y Claro- en función al relevamiento de la información disponible en sus páginas web.
Cada organización fue evaluada en base a cinco criterios: Política de privacidad, Informe de transparencia, Notificación a la persona usuaria, Guías para el requerimiento de información personal por parte de la autoridades y Políticas de promoción y defensa de los derechos humanos.
AUNO-3-4-23
EB-SAM