Las obras sociales y prepagas deben cubrir los tratamientos contra la epilepsia

Con la reglamentación de la Ley Nacional de Epilepsia, anunciada oficialmente la semana pasada, los tratamientos de esa enfermedad quedan incorporados al Plan Médico Obligatorio. Aún falta la adhesión de las provincias para su aplicación plena.

Martín Silles

Con la puesta en práctica de la Ley Nacional de Epilepsia, reglamentada por el Poder Ejecutivo, los tratamientos y las drogas que se utilizan para tratar esta enfermedad se incluyen en el Programa Médico Obligatorio, que todas las obras sociales y empresas de medicina prepaga tienen obligación de cubrir.

El anuncio fue realizado el viernes por el Ministerio de Salud, en una acto del que participaron organizaciones que nuclean a pacientes que padecen la enfermedad. Según estimaciones del Ministerio, entre 4 y 10 personas por cada mil están afectadas por la epilepsia.

El Proyecto de Ley de Epilepsia fue presentado en 1999 en el Congreso de la Nación por dos integrantes de organizaciones que se dedican al tema, Silvia Kochen, jefa del servicio de Epilepsia del Hospital Ramos Mejía, y Jorge Lovento, paciente recuperado.

La ley fue sancionada el 7 de Marzo de 2001 y recién se reglamentó el 27 de enero último, mediante el decreto 53/2009.

La presentación de la ley fue organizada por la Liga Argentina de Lucha Contra la Epilepsia (LACE), el Grupo Epilepsia de la Sociedad Neurológica Argentina, la Fundación de Epilepsia (Fundepi) y el Ministerio de Salud de la Nación.

El acto contó con la presencia de Silvia Kochen, quien además es asesora de la ministra de Salud, Graciela Ocaña, quien señaló que “la reglamentación de la Ley permitirá incorporar a los pacientes al Programa Médico Obligatorio de Emergencia y también establecerá guías comunes para diagnosticar y tratar a los pacientes en todo el país”.

En el mismo acto y en cumplimiento de la reglamentación, el Ministerio invitó a la comunidad, organizaciones científicas y no gubernamentales vinculadas con la Epilepsia, a constituir la comisión técnica que tendrá la responsabilidad de la implementación de la ley, así como convocar a la adhesión de las provincias a la norma.

La ley establece que todos las personas con epilepsia no podrán sufrir ningún tipo de discriminación en su educación, vida laboral y que los tratamientos y las drogas que se utilizan para tratar esta enfermedad se incluyan en el Programa Médico Obligatorio.

El mayor problema que enfrentan los pacientes con epilepsia es la falta de recursos diagnósticos y de tratamiento, la discriminación, la ignorancia, y los estigmas, que provocan más afectación que la epilepsia en sí misma.

Cuando terminó la presentación, AUNO dialogó con Jorge Lovento, presidente de Fundepi y coautor de la ley, quien manifestó su satisfacción por la reglamentación de esta ley,en especial en lo que hace a la no discriminación escolar o laboral “porque muchas veces, cuando hay que buscar trabajo las personas con esta enfermedad tienen que mentir sobre su condición”.

“También está el tema de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo que ahora van a tener que tratar este tema –enfatizó Lovento—. Le hemos ganado un setenta por ciento al desierto; ahora falta que las distintas comisiones que se encargan de medicamentos, tratamientos y los otros temas empiecen a trabajar con los médicos de todo el país”.

AUNO 20-04-09 MS EV

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