Esta situación surgió a partir de presentaciones recibidas por el defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, quien intimó al Ministerio de Salud de la Nación para que dé respuesta a su recomendación de garantizar que los medicamentos provistos para tratar el VIH tengan eficacia comprobada que garantice su seguridad y su equivalente acción terapéutica, para proteger la salud de quienes consumen estos fármacos.
Según se indicó, el pedido de Mondino, que permanece en las comisiones de Salud de las cámaras de diputados y senadores de la Nación desde enero, aun no ha sido contestada por el área que encabeza el ministro Ginés González García.
Uno de los denunciantes de esta situación es Gustavo Brugoni, portador de VIH, a quién su empresa de medicina prepaga comenzó a entregarle una medicación genérica en lugar de la prescripta por su médico de cabecera.
Brugoni cuestionó esta determinación porque “en Argentina no existe una ley de medicamentos genéricos sino una de prescripción de droga genérica, que no es lo mismo”. “Esta diferencia hace que mi médico me recete la droga genérica y una de marca registrada y la farmacia de mi prepaga sólo me ofrezca el genérico” aclaró Brugoni en declaraciones a la Agencia Universitaria de Noticias y Opinión (AUNO), quien dijo que por esta situación, “desde hace ocho meses” sufre “diarreas, vómitos y dolores de cabeza constantes”.
“Este problema de los genéricos afecta a toda la población, ya que ni a las aspirinas se les hace control de calidad. Pero el caso de los medicamentos (para VIH-Sida) es más grave, pues están considerados drogas de alto riesgo sanitario” aseguró Brugoni.
Brugoni se acercó en agosto del 2003 a Poder Ciudadano y al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) para contar su caso, y a partir de allí inició la presentación de un amparo judicial. “Reclamamos la cobertura de la medicación que le corresponde por prescripción médica, ya que no puede utilizar el genérico porque le es perjudicial. Por otra parte la prepaga tiene esta obligación por la Ley de Sida y la Constitución Nacional” explico la abogada patrocinante, Elizabeth Aimar, de la Red de Asistencia Legal y Social e integrante de Abogados Voluntarios de Poder Ciudadano.
La ex Secretaría de Políticas y Regulación Sanitaria había establecido en 2001 la obligatoriedad de realizar estudios de biodisponibilidad para todas especialidades medicinales que contengan como principio activo por lo menos uno de los antirretrovirales usados en el tratamiento de la infección del VIH.
Por su parte la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) estableció plazos ante las más de cien comunicaciones recibidas por su Departamento de Farmacovigilancia, referidas a efectos adversos de drogas antirretrovirales inclusive, su falta de eficacia.
Sin embargo, el plazo fue luego prorrogado y suspendido hasta que se estableció un nuevo cronograma con vencimiento en 2004. Ahora, el Defensor Mondino también le pidió a González García, el estricto cumplimiento de los plazos legales respecto a la presentación de dichos estudios de bioequivalencia.
GRB AUNO 2-3-04 mar