Lanús adhiere al protocolo de abortos no punibles

La guía de atención establece una serie de pautas que se aplicarán cuando se solicite la interrupción de un embarazo en los casos en que la vida de la mujer o adolescente corra riesgo o se trate de un embarazo producto de una violación. Deben aplicarla los médicos y las instituciones que prestan servicios en el municipio.

Sergio Martinuzzi

Lomas de Zamora, Noviembre 5 (AUNO).- Profesionales particulares y de centros de salud públicos y privados del partido bonaerense de Lanús seguirán los lineamientos dispuestos en la Guía Técnica para la Atención de Abortos No Punibles para aquellos casos en los que la ley permita interrupción de embarazos.

Según la legislación argentina, el aborto puede practicarse siempre que exista el consentimiento de la mujer cuando el embarazo es el resultado de una violación o de un atentado sobre mujeres con discapacidad mental.

También puede aplicarse en los casos en los que la vida o la salud de la persona esté en peligro y no existan otros medios que permitan asistir a la paciente.

El instructivo puesto en vigencia a través del Decreto Municipal 2134 tiene como finalidad la reducción de las causas judiciales generadas a raíz de la práctica de abortos no punibles y está dirigido a las mujeres que se encuentran afectadas por este tipo de situaciones y deben acudir a profesionales de la salud.

También conocida como Protocolo de Abortos No Punibles del Ministerio de Salud de la Nación, la guía técnica brinda detalles sobre los procedimientos clínicos y quirúrgicos recomendados por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para la interrupción anticipada de un embarazo.

En la guía, que fue promovida en octubre de 2007, se especificaba que la mujer debía presentar una denuncia policial o judicial para acceder a la atención médica, pero a partir de 2010 es suficiente con presentar una declaración jurada.

AUNO 05-11-2014
SM-AFG

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