DNU de Milei: cuáles son los puntos clave y cómo impactarán en los hogares argentinos

A una semana de la cadena nacional en la que el presidente Javier Milei presentó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que deroga y reforma más de 300 leyes y decretos, AUNO repasa los puntos clave del documento.

DNU de Javier Milei: qué leyes y decretos deroga; cómo impacta en los hogares argentinos

El miércoles 20, a las 21 horas, el presidente Javier Milei, acompañado de sus ministros y asesores, presentó mediante la primera cadena nacional de su flamante gobierno el mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) a través del cual deroga y reforma más de 300 leyes y decretos.

Al anuncio de las “Bases para la reconstrucción de la economía argentina”, Decreto 70/2023, le siguió una ola espontánea de cacerolazos en diversos puntos del país, que incluyó protestas en el Congreso Nacional y Lomas de Zamora, en repudio a las medidas. Estas abarcan la derogación de la Ley de Alquileres, de Abastecimiento, de Góndolas, de Tierras y de Manejo del Fuego, entre otras.

Entre las amplias consideraciones del decreto, el gobierno liberal señaló: “(…) Para revertir la situación de estancamiento y empobrecimiento en que nuestro país se encuentra sumido hace varias décadas, resulta imperiosa la eliminación de numerosas regulaciones que ahogan a las fuerzas productivas de la república”.

Una amplia porción de la ciudadanía y líderes de la oposición calificaron al decreto, dada la magnitud de las reformas, de inconstitucional y antidemocrático, al considerar que los DNU son “para una situación excepcional”, por lo que, con su presentación, el jefe de Estado lo que hizo fue “arrogarse facultades legislativas”, ya se tratan de cambios que podrían haberse tratado en el Congreso.

Los Decretos de Necesidad y Urgencia están sujetos a revisión por parte de la Comisión Bicameral del Congreso -todavía no conformada por la reciente renovación de las Cámaras-, la cual tiene un plazo máximo de 10 días para tratar el DNU. En ese tiempo el cuerpo legislativo sólo puede emitir dictámenes de aprobación o rechazo a la medida.

Otro dato a tener en cuenta es que como el poder ejecutivo no tiene facultad para emitir DNU sobre materia tributaria, laboral o régimen de partidos políticos, muchas de las medidas anunciadas se podrían judicializar e impedirse.

Los puntos más importantes del DNU de Milei

Alquileres

El ítem que desregula los alquileres fue el primero en ser abordado por el presidente entre las 30 reformas que anunció inicialmente en la cadena nacional. “(…) Deviene imprescindible la derogación de la nefasta Ley de Alquileres N° 27.551”, remarca el decreto, sobre la ley aprobada en 2020. 

En lugar de la normativa, se dispuso una serie de modificaciones al Código Civil y Comercial de la Nación. El artículo 252 del DNU sustituye el Art. 958 de la legislación civil y fija la libertad de contratación. Así, “las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de los límites impuestos por la ley o el orden público”, subraya. 

En ese sentido, uno de los aspectos más polémicos tiene que ver con la eliminación de un plazo fijo para la duración de los contratos. A partir de ahora, propietarios e inquilinos deberán ponerse de acuerdo para pautar la duración del alquiler, sin tiempos máximos, ni mínimos. En caso de no especificarlo en el contrato, el decreto fija automáticamente una duración predeterminada de 2 años.

Además, el DNU permite la posibilidad de firmar y registrar contratos en dólares, una práctica que anteriormente no estaba legalmente permitida. Asimismo, se otorga a las partes la facultad de negociar y pactar la periodicidad de los aumentos en los alquileres, así como el método de cálculo que se aplicará. Esta flexibilidad incluye la opción de ajustar el valor de manera trimestral, ya sea en función de la inflación, el tipo de cambio del dólar, o incluso una combinación de varios índices.

La Ley de Alquileres de 2020 establecía contratos con una duración mínima de 3 años y un aumento anual basado en el Índice para Contratos de Locación (ICL), compuesto por el 50% del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el 50% de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), reflejando la evolución salarial del sector privados.

Salud

En la cadena nacional, el presidente anunció la modificación del marco de regulación de la medicina prepaga y las obras sociales. Entre los cambios destacan la eliminación de restricciones de precios a la industria prepaga “para aumentar la competitividad del sistema” y la incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales, entre otras modificaciones al sistema de salud. Por tal motivo, Milei suprimió varios artículos del Marco Regulatorio de Medicina Prepaga (Ley 26.682). 

Sobre el primer punto, como resultado de la eliminación de las restricciones de precios en el sistema de medicina prepaga, se anticipa un aumento en las tarifas. Tras la emisión del DNU, algunas empresas ya anunciaron un incremento del orden del 40% en el valor de sus cuotas a partir de enero de 2024. En tanto, Claudio Belocopitt, dueño y presidente de Swiss Medical explicó en declaraciones radiales que las cuotas experimentarán un aumento entre el 40% y el 50% en enero, pero atribuyó este incremento a ajustes suspendidos previamente por decisión del exministro de economía, Sergio Massa.

Además, el DNU introdujo modificaciones significativas en la legislación relacionada con medicamentos y recetas, específicamente en las Leyes 27.553 y 25.649. Estas modificaciones incluyen la obligatoriedad de que la prescripción y dispensación de medicamentos se realicen exclusivamente a través de plataformas electrónicas habilitadas, permitiendo también el uso de plataformas de teleasistencia en salud. 

También se estableció la obligación de redactar las recetas expresando únicamente el nombre genérico del medicamento, facilitando así la comercialización de medicamentos genéricos a menor costo, que coexistirán en el mercado junto con los productos de marcas reconocidas.

Asimismo, se implementaron cambios clave en el ámbito de la actividad farmacéutica, mediante la modificación de la Ley 17.565, como por ejemplo la habilitación de establecimientos que no son farmacias para vender medicamentos, y la autorización para que las droguerías despachen recetas. 

Obras sociales

Relacionado con lo anterior, los cambios vinculados con los aportes destinados a las obras sociales constituyen otro punto relevante dentro de la serie de modificaciones anunciadas. Históricamente, los aportes de los trabajadores en relación de dependencia, tanto del sector privado como del sector público nacional, seguían un proceso en el cual tenían que pasar por una obra social actuando como intermediaria, la cual retenía un porcentaje de los aportes antes de transferir los fondos a la empresa de medicina prepaga.

Con las nuevas reformas, la canalización directa de los aportes a una empresa de medicina prepaga se realiza a través de la elección de una obra social que tenga un acuerdo con dicha empresa.

Esta modificación plantea una posible consecuencia: la potencial concentración de los trabajadores con bajos ingresos, como los monotributistas o las empleadas de casas particulares, en las obras sociales. Esto podría deberse a la limitada capacidad de pago de estos trabajadores para acceder a servicios de medicina prepaga de forma directa. Como resultado, existe la preocupación de que las obras sociales, al asumir una mayor carga de afiliados con ingresos más bajos, puedan enfrentar desafíos de desfinanciamiento al tener que cubrir sus gastos con ingresos significativamente menores.

Según el decreto, la responsabilidad de supervisar los valores de las cuotas de las empresas privadas de salud ya no recae en el Ministerio de Salud de la Nación. Asimismo, en caso de quiebra, dicha autoridad ya no asumirá la responsabilidad de gestionar el traslado de afiliados de una empresa a otra.

Otra de las cuestiones que generó debate está relacionada con las modificaciones impuestas en cuanto al uso de las tarjetas de crédito. En el Capítulo 2 del DNU, se introducen cambios sustanciales en la Ley N° 25.065 del año 1999, que regula diversos aspectos relacionados con el sistema de Tarjetas de Crédito, Compra y Débito en Argentina.

Entre las modificaciones más significativas, se destacan la derogación de varios artículos clave, como el N°9, que establecía que la solicitud de emisión de tarjeta de crédito o adicionales no generaba responsabilidad alguna para el solicitante; la supresión de los incisos c y d del artículo 14, que declaraban la nulidad de cláusulas relacionadas con montos fijos por atrasos en el pago del resumen y costos por informar la no validez de la tarjeta; y la eliminación del artículo que imponía sanciones del Banco Central a entidades que no cumplieran con la obligación de informar o no observaran disposiciones sobre tasas de interés, entre otros. 

Trabajo

El Decreto de Milei introduce una serie de cambios en el mercado laboral, con modificaciones y derogaciones en relación con la Ley de Contrato de Trabajo (Ley N° 20.744) y la Ley de Asociaciones Sindicales (Ley N° 23.551).

En lo que respecta a la Ley de Contrato de Trabajo, las principales modificaciones son: la extensión del período de prueba a 8 meses para los contratos a tiempo indeterminado; la incorporación de una nueva vía indemnizatoria y la reducción de las indemnizaciones por despido, al limitar los ítems que se deben tener en cuenta a la hora de calcular esta liquidación.

Por otro lado, el artículo 80 del DNU incorpora a la Ley de Contrato de Trabajo como causal de despido “la participación en bloqueos o tomas de establecimiento”, especialmente cuando “se afecte la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas”.

Por otro lado, el DNU crea la figura laboral del trabajador independiente con colaboradores. El artículo 96 del decreto, incluído en el capítulo VIII, “De los trabajadores independientes con colaboradores”, subraya que el contrato de colaboradores estará fundamentado en una relación autónoma, sin establecer un vínculo de dependencia entre las partes involucradas, con lo cual se configura un régimen simplificado en el que tanto el trabajador independiente como los colaboradores aportarán individualmente una cuota mensual. 

Este aporte comprenderá el seguro jubilatorio, una obra social y la cobertura de riesgos de trabajo (ART). En consecuencia, se eximirián ciertas obligaciones establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo, tales como el pago de vacaciones, feriados, francos, aguinaldo, y la cobertura de licencias por enfermedad o embarazo.

Ley de Abastecimiento, de Promoción Industrial y Góndolas

El plan de desregulación de Milei también implica la derogación de las leyes 20.680 (de Abastecimiento), 21.608 (de Promoción Industrial) y de 27.545 (de Góndolas). Los alcances de estas anulaciones son los siguientes:

Ley de Abastecimiento

Esta ley regula el abastecimiento de bienes esenciales, como alimentos, medicamentos y combustibles. Era utilizada para impedir maniobras que perturben o distorsionen el normal abastecimiento de bienes esenciales, y se aplicaba en situación de excepcionalidad. Su derogación implica que el Estado ya no tendrá facultades para intervenir en el mercado para garantizar el abastecimiento de estos bienes.

Ley de Compre Argentino

Esta ley otorga preferencia a la compra de bienes y servicios de origen nacional por parte de los organismos públicos y privados. Su anulación implica que los organismos públicos y privados ya no estarán obligados a comprar bienes y servicios creados en nuestro país.

Ley de Góndolas

Establece un sistema de exhibición de productos en los supermercados, con el objetivo de promover la competencia y la transparencia. La ley obliga a los supermercados a señalizar en góndolas físicas y virtuales los productos fabricados por pequeñas empresas y los productos con el menor precio en categorías de consumo habitual. Su eliminación significa que los supermercados ya no estarán obligados a exhibir sus productos de acuerdo a esta ley.

El alcance de las derogaciones es significativo, ya que implica una reducción importante de la intervención del Estado en la economía. El gobierno de Milei sostiene que estas medidas son necesarias para facilitar el funcionamiento de los mercados y promover el crecimiento económico. Sin embargo, quienes critican estas reformas sostienen que podrían tener efectos negativos, como el aumento de los precios, la disminución de la calidad de los productos y la pérdida de empleos.

DNU de Milei: “Bases P… by Marcos

26-12-2023
MC-MEM

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