Los familiares de un joven que falleció luego de ser atropellado por un hombre que conducía alcoholizado en Ezeiza, en 2007, denunciaron que el juicio oral previsto para el próximo 28 de octubre fue anulado sin que la querella estuviera enterada. El tribunal, la fiscalía y la defensa del acusado acordaron “a espaldas” de la familia de la víctica resolverlo con un juicio abreviado del que no les permitirán participar.
“En el juicio abreviado no tenemos voz ni voto y lo peor es que la ley lo contempla”, denunció la mamá de Elías, Graciela López. En diálogo con AUNO, la mujer contó que en cuanto su abogado, Claudio Manzaira, le comunicó de la decisión de la Fiscalía 8 de Lomas de Zamora, fue a reclamar por qué no se la había informado de la resolución siendo que es la única querellante. La explicación fue que la querella (la familia Gal) no puede apelar y que ahora la decisión está en manos de la juez.
El juicio abreviado es un mecanismo que evita el debate de las partes en un tribunal y pretende agilizar la resolución de conflictos. Según los procedimientos judiciales, la decisión de que un caso se resuelva por esa vía no precisa el consentimiento de la querella, sino solamente la del juez, la fiscalía y la defensa.
Sin embargo, uno de los argumentos que habría oído la madre de Matías fue que como ella “no se había acercado más a los tribunales para pedir información, (la fiscalía) no tuvo cómo avisar” la modificación, y que en caso de ir a juicio abreviado pensaba pedir dos años y ocho meses de prisión para el acusado.
Por su parte, el director del Centro de Protección de Derechos de las víctimas de la Ciudad de la Plata, Alberto Palacios, explicó a esta agencia que la presentación se focaliza en la “disconformidad (de esa institución) respecto de cómo se enteró la familia Gal” del paso a juicio abreviado.
El centro, una organización que acompaña a la familia desde el inicio de la causa, exigió explicaciones por la decisión de el Tribunal a través de una carta que expone los puntos de la normativa internacional dictada por la ONU que refiere al derecho de opinión e información de la víctima.
Con este argumento consideró que “la víctima debería tener una participación directa porque es la protagonista y esta medida es injusta ya que no resguarda ese derecho”.
Elías Gal fue atropellado el 12 de febrero del año pasado por Cristian Di Paula cuando andaba el bicicleta con amigos en las inmediaciones del predio de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), en el partido de Ezeiza.
Según los testigos y tal como consta en la causa caratulada como “homicidio culposo”, el acusado desde un principio se declaró culpable y, luego de atropellar a Elías, lo abandonó pero fue detenido por Gendarmería en un peaje.
AAF-FG-AFD
AUNO-29-08-08
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