Lomas de Zamora, feb 28 (AUNO) – Los municipios bonaerenses tendrán que contar con un boletín oficial para publicar mensualmente las ordenanzas aprobadas en los concejos deliberantes.
Deberán también publicar en los boletines oficialaes los decretos y resoluciones firmados por los poderes ejecutivos municipales
La ley, publicada en el Boletín Oficial bonaerense, dice que se deberán promulgar las ordenanzas o en su caso vetarlas dentro de los diez días hábiles y que se publicarán las disposiciones de los concejos y las ordenanzas; y los decretos y resoluciones de los gobiernos comunales.
El boletín oficial se redactará una vez por mes y se pondrá en conocimiento de la población en la sede de la municipalidad y en los lugares de acceso público, y que también deberá incorporarse a las páginas web oficiales de los municipios.
AUNO 28-02-13
GP-HRC