La Justicia declaró este miércoles la “nulidad” de la mecánica aplicada para dejar en la calle a 357 trabajadores de la agencia Télam. La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo lo hizo al confirmar un fallo sobre 5 trabajadores, que deberán ser reincorporados. Afirmó que es ilegal que una empresa produzca despidos masivos sin realizar el Procedimiento Preventivo de Crisis. El fallo podría abrir la puertas a la reincoporación del total de los despedidos.
Los efectos de este fallo de un tribunal de alzada “se replicarán a los demás trabajadores despedidos.”, explicó en un comunicado el Sindicato de Prensa de Buenos Aires(Sipreba).
La Sala V consideró que en el caso de Télam “se prefiguran los elementos objetivos que tornan obligatorio el procedimiento preventivo de crisis”. De esa manera confirmó el fallo dictado el mes pasado por el Juzgado Nacional de Apelaciones del Trabajo Nro. 22.
La sentencia firmada por los jueces Enrique Arias Gibert y Miguel Rodríguez Brunengo dispone:
-La reincorporación directa de los cinco trabajadores.
-La comunicación al Ministerio de Trabajo para la apertura del Procedimiento
Preventivo de Crisis. Una vez abierto, tendrá como primer efecto la reincorporación de los otros 352 despedidos.
“La Justicia volvió a refrendar la lucha que, desde hace casi 60 días, sostienen las trabajadoras y los trabajadores de Télam, por la existencia de medios públicos fuertes, plurales y federales. Medios públicos que, aunque el gobierno no lo entienda, se hacen con trabajadores”, celebró el sindicato de periodistas.