Con la reglamentación de una ley se reducirían a la mitad los casos de sordera en la Argentina.

Una ley sancionada hace tres años, que crea el Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia, dispone que “todo recién nacido, antes de los tres meses de vida tiene derecho a ser evaluado auditivamente y tratado luego de los seis meses en forma adecuada”. Pero la falta de reglamentación de esa norma hace que su aplicación no tenga carácter universal y no se pueda implementar en todas los centros sanitarios del país.
Por Guillermo Rodríguez Bustamante

(AUNO).- Las estadísticas mundiales indican que entre el 1 y el 3 por mil de los recién nacidos presentan trastornos auditivos y en la Argentina “no hay razones para suponer que ese porcentaje sea menor, ya que las condiciones económicas y socio-culturales podrían aumentar ese índice” aseguró el presidente de la Comisión Nacional de Lucha contra la Sordera y jefe de Otorrinolaringología del Hospital Rivadavia, Juan Debas, a la Agencia Universitaria de Noticias (AUNO).
La proyección de las estadísticas indica que en la Argentina nacen anualmente de 750 a 1500 bebés con problemas auditivos, la mayoría de los cuales no reciben el diagnóstico y tratamiento oportuno al no cumplirse con la Ley 25.415, que así lo dispone.

Esta circunstancia “es determinante en las posibilidades de inserción social de un sordo, sea cual fuere su grado de sordera”, afirmó la coordinadora del Centro Integral para la Atención del Niño con Trastornos de Audición y Lenguaje (CINTAL), la fonoaudióloga Marcela Garrido.
Garrido fue rotunda al asegurar que “un chico con hipoacusia tiene que estar diagnosticado, óptimamente equipado y estimulado a los seis meses de nacido, para que pueda desarrollarse de manera paralela a un oyente”.
Este plazo no es caprichoso ya que “una vez detectada la hipoacusia en forma temprana (a los 45 días del nacimiento), lo más difícil es determinar el grado de sordera y conseguir el equipamiento adecuado”, señaló la profesional.
Garrido aseguró que “la sordera es mucho más discapacitante que la ceguera ya que la cultura y el desarrollo cognitivo se adquieren a través del leguaje” y es en este punto donde la detección temprana de la hipoacusia es determinante, porque “todos los aprendizajes tienen períodos críticos y durante el primero y tercer año de vida es cuando el cerebro humano realiza el mayor número de sinapsis y está mejor predispuesto para la adquisición del lenguaje”.

La pesquisa neonatal de hipoacusia y sordera, o screening, se realiza a través de la medición de emisiones otoacústicas y es un procedimiento sencillo e indoloro, que puede aplicarse al bebé a las 48 horas de nacido.

“El equipamiento necesario para este estudio “#8220; agregó el doctor Debas “#8220; tiene un precio que oscila entre los 3000 y 3200 dólares si se compra en el país de origen y sin impuestos, como bien lo puede hacer una repartición pública”.

Debas afirmó que “la falta de reglamentación de la ley que obliga a la detección temprana de la hipoacusia, hace que el cumplimiento de la normativa se haga en forma parcial y dependa de cada centro de salud” Por citar un ejemplo, el otorrinolaringólogo aclaró que “de los 32 hospitales de la ciudad de Buenos Aires, sólo el Rivadavia está en condiciones técnicas y humanas de realizar el screening en forma universal: en el último año “logró estudiar al 97 por ciento de los 1800 nacidos en este hospital”.
El médico también remarcó la importancia del seguimiento de los pacientes que no pasan satisfactoriamente el screening, que debe realizarse “a los siete días y nuevamente al mes de la primera pesquisa para el mejor diagnóstico de la función auditiva del paciente”, detalló Debas.

Otro aspecto al que el especialista hizo referencia con respecto a la ley que determina la detección temprana de la hipoacusia sancionada en abril del 2001 es que su no aplicación “puede ser usada en juicios de mala praxis”, ya sea en contra de una comuna, una obra social sindical o una empresa de medicina prepaga, y que, de hecho “él ha sido consultado en juicios por diagnósticos tardíos donde el imputado resultó el especialista en cuestión” concluyó Debas

AUNO 17.1.05.

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