Una deuda pendiente

Si bien existen leyes que regulan de forma tangencial el fenómeno de las empresas recuperadas, no existe una ley específica que las abarque. Esto genera algunos problemas, como por ejemplo que el traspaso de la propiedad privada a la colectiva sea engorroso y casi excepcional. Otro de los inconvenientes tiene que ver con que no […]

Si bien existen leyes que regulan de forma tangencial el fenómeno de las empresas recuperadas, no existe una ley específica que las abarque. Esto genera algunos problemas, como por ejemplo que el traspaso de la propiedad privada a la colectiva sea engorroso y casi excepcional. Otro de los inconvenientes tiene que ver con que no existen mecanismos para preservar los derechos laborales de los trabajadores. Es decir, que se pierden beneficios que tenían cuando estaban en relación de dependencia. Al conformar una cooperativa se convierten en monotributistas, y como la jubilación corre de acuerdo a los últimos 10 años de aportes, se jubilan con la mínima y terminan perdiendo lo que habían acumulado antes. Las desventajas no son pocas porque a eso hay que sumarle que no poseen una ART y que tienen dificultades para acceder a una cobertura de salud.

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